Términos y condiciones

      Propietarios feria arrendamientos 2020

      Las siguientes son las condiciones de la feria de arrendamientos Coninsa, la cual rige en las ciudades de Bogotá, Medellín y Barranquilla, para los clientes propietarios de inmuebles de vivienda o comercio.

      1. Vigencia:

        La actividad feria de arrendamientos Coninsa se realizará entre los días 01 de junio de 2020 y 31 de julio de 2020, en las ciudades de Bogotá, Medellín y Barranquilla.

      2. El organizador:

        La presente actividad está organizada por Coninsa Ramón H. S.A. sociedad comercial con Nit 890.911.431-1 con domicilio principal en la ciudad de Bogotá Av. Cra. 19 N° 114 – 65 piso 6 (57+1) 601 4800, regional Antioquia (57+4) 448 8828 y regional Costa (57+5) 319 9610.

      3. Objeto y mecánica de la actividad:

        Feria de arrendamientos Coninsa 2020, es una actividad en la cual se otorgarán a los propietarios de los inmuebles uno (1), dos (2) o tres (3) beneficios, según el monto del descuento otorgado al contrato de arrendamiento durante la vigencia de la feria, que podrán utilizar en el tiempo determinado del contrato de arrendamiento. Dichos beneficios aplicarán dependiendo del valor del descuento otorgado, que se definen a partir de estos rangos:

        Rango descuentos otorgado por el propietarioBeneficio otorgado por Coninsa
        Por descuento otorgado del propietario desde $500.000 hasta $1.000.000Garantía de Servicios públicos hasta por $1.000.000.
        Por descuento otorgado del propietario desde $1.000.001 hasta $1.500.000Garantía de Servicios públicos hasta por $1.000.000 + Garantía de daños y faltantes hasta por $1.000.000.
        Por descuento otorgado del propietario igual o superior a $1.500.001Garantía de Servicios públicos hasta por $1.000.000 + Garantía de daños y faltantes hasta por $1.000.000 + Aseo y desinfección del inmueble al momento de la entrega al inquilino.
        1. El total del descuento otorgado por el propietario, podrá ser distribuido máximo hasta el canon correspondiente al mes de diciembre de 2020.
        2. Solo aplica para contratos de doce (12) meses o más.
      4. Disposiciones legales:

        Una vez al propietario se le haya otorgado el o los beneficios, no se admitirán cambios por dinero, valores o cualquier otro bien. El derecho al beneficio no es transferible, negociable, ni puede ser comercializado o canjeado por dinero en efectivo, ni por ningún otro premio.

        1. Participar en esta actividad implica para los clientes, la total aceptación de los presentes términos y condiciones.
        2. Los participantes se comprometen a eximir de responsabilidad a Coninsa Ramón H. S.A., sus accionistas, empleados o colaboradores y frente a cualquier acción, daño, costes, y otras responsabilidades en las que pudiera incurrir Coninsa Ramón H. S.A. como resultado de cualquier tipo de incumplimiento por parte suya de alguno de los términos y condiciones.
        3. Al aceptar estos términos y condiciones los participantes reconocen que de manera libre, voluntaria y espontánea han decidido participar en esta actividad, por lo que dentro de los límites permitidos por la ley colombiana, renuncian a cualquier reclamación o acción de cualquier naturaleza en contra de Coninsa Ramón H. S.A., sus accionistas, empleados o colaboradores, que tengan por objeto reclamar indemnización por daños o perjuicios que les haya causado su participación en la actividad, o de cualquier manera relacionados con esta, o por las actividades que realizare como consecuencia de dicha participación. Si el premio (descuento) no es aceptado o sus condiciones, se considerará que ha renunciado al mismo y no tendrá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
      5. Condiciones y restricciones:

        El cliente propietario podrá acceder a uno (1), dos (2) o tres (3) beneficios, según el descuento otorgado al contrato de arrendamiento.

        1. Para acceder a los beneficios la firma del contrato de arrendamiento deberá ser antes del 31 de julio, es decir, luego de que el cliente arrendatario visite el inmueble, presente la solicitud de arrendamiento, sea aprobada y firme el contrato.
        2. Para acceder a los beneficios se deberán dar las condiciones descritas en el presente documento.
        3. El total del descuento otorgado por el propietario, podrá ser distribuido máximo hasta el canon correspondiente al mes de diciembre de 2020.
        4. Beneficios no acumulables con otras promociones.
        5. Los beneficios se pueden implementar durante la vigencia del contrato o al finalizarlo.
        6. El descuento no es canjeable por dinero en efectivo.